Contrato de Donación
Cuando le donan a la UAM (Donataria)
Documentación indispensable que se deberá entregar a COVIA
- Carta de intención, dirigida al Rector, suscrita por el representante de la empresa o persona física que desea donar a la Universidad
- Acta constitutiva
- Poder notarial e identificación oficial de la persona que firma
- Comprobante de domicilio
- Cédula fiscal del (R.F.C.) emitida por el SAT
Observaciones
Las donaciones de bienes muebles que se sometan a la autorización del Consejo Consultivo, deberán ser analizadas conforme a lo siguiente:
- Revisar que el bien ha donar sea de utilidad para los fines de la Universidad.
- Verificar que los bienes se encuentren en estado viable de mantenimiento y utilidad.
- Verificar que los bienes se encuentren libres de todo gravamen, para lo cual el donante deberá de manifestarlo, bajo protesta de decir verdad y por escrito, así como, que libera a la Universidad de cualquier controversia o reclamo por terceros respecto del bien donado.
- Determinar un valor comercial del bien donado, con base en lo dispuesto en los párrafos 3 y 4 del artículo 33 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Cuando la UAM dona (Donante)
Documentación indispensable que se deberá entregar a COVIA
- Acta constitutiva
- Poder notarial e identificación oficial de la persona que firma
- Comprobante de domicilio
- Cédula fiscal del (R.F.C.) emitida por el SAT
- Solicitud de baja del bien a donar, ante la oficina de patrimonio de la Unidad
Observaciones
Procede la donación cuando la Secretaría de la Unidad, con la participación de la Tesorería Adjunta de Control Patrimonial y la vigilancia de la Contraloría, lo estimen favorable para los solicitantes, el trámite se realizará a través de la Secretaría de la Unidad, el contrato se realiza en COVIA y lo firma el Rector de Unidad y el Rector General.
Contacto
Mtra. Odette Brown Islas
[email protected]
Telefono: 5804-4600
Extensión: 4507
Lic. Martin Álvarez Balderas
[email protected]
Telefono: 5804-4600
Extensión: 4514